¿Estaré obligado a guardar en una base de datos especial la facturación electrónica que emita y la que reciba?
De conformidad con la regla 1.2.23.3.2 de la primera RM a la RMF 2010 establece que los contribuyentes que emitan y reciban CFDI, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML. Opcionalmente, podrán aplicar lo dispuesto por la Secretaría de Economía en la Norma Oficial Mexicana No. 151 vigente (NOM-151), publicada en el DOF.
En www.multifacturas.com se realiza el resguardo, validación y organización de las facturas que emitas y recibas
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